Funciones
1. Coadyuvar en la formulación de políticas y en la determinación de los planes y programas de la Secretaría a su cargo y de la Administración Municipal.
2. Proponer e implantar los procedimientos e instrumentos necesarios para mejorar la prestación de los servicios a cargo de la Secretaría.
3. Preparar proyectos relativos a la administración de personal en general y demás providencias sobre las diferentes situaciones administrativas relacionadas con los mismos.
4. Asesorar a las directivas de la Administración Municipal, en la adecuada aplicación de las normas y procedimientos administrativos y jurídicos.
5. Supervisar la elaboración y ejecución de los contratos que se celebren para el desarrollo de los programas de la Administración Municipal.
6. Rendir los informes que sean solicitados, además de los que normalmente deben presentarse acerca de la marcha del trabajo en la dependencia a cargo.
7. Asistir en representación del organismo, a reuniones y demás actividades oficiales, cuando medie delegación o asignación.
8. Impulsar mecanismos de participación ciudadana y la atención de demandas de tutela.
9. Responder por el manejo de la información requerida por el Sistema Único de Información de Personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, según lo establecido en la ley 190 de 1995 y la Ley 909 de 2.004 con sus decretos reglamentarios.
10. Velar por el recibo, trámite y solución de las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen.
11. Coordinar con entidades del orden Municipal, Departamental y Nacional programas y proyectos relacionados con la preservación, conservación restablecimiento del orden público y el control de precios y medidas, velando porque se dé cumplimiento.
12. Promover y ejecutar las acciones referentes al buen funcionamiento de los establecimientos abiertos al público, comerciales, industriales y de servicio, de conformidad con las normas vigentes.
13. Atender las peticiones de las diferentes agremiaciones, analizarlas y solucionarlas para lograr el bienestar de la comunidad.
14. Verificar el cumplimiento de los requisitos, calidades y habilidades para la posesión de los empleados.
15. Participar en las actividades de coordinación de control interno aplicadas al cumplimiento de las funciones y deberes del personal.
16. Preparar instructivos y procedimientos de carrera administrativa y en general apoyar los procesos de apoyo de la dependencia a su cargo.
17. Conformar, actualizar, manejar y custodiar la información aplicable a los concursos de selección.
18. Velar por la oportuna y correcta calificación del personal de acuerdo con la normatividad vigente. Orientar a los calificadores sobre las normas y técnicas, suministrar los instrumentos de evaluación, concertar objetivos llevar el registro de las evaluaciones, efectuar los promedios comunicar los resultados.
19. Comunicar a los empleados de carrera o en provisionalidad a quienes se les suprima su empleo esta decisión, e informarlos de los derechos y opciones que les asisten.
20. Ejercer las funciones de Control Interno Disciplinario de acuerdo con lo ordenado en la Ley 734 de 2002.
21. Atender las solicitudes y consultas pertinentes de los empleados y darles el trámite que corresponda.
22. Preparar información para la Comisión Nacional del Servicio Civil, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Procuraduría y demás entidades y personas que con arreglo a la Ley lo requieran.
23. Organizar y realizar programas de inducción, capacitación, programas de bienestar social y de estímulos al personal.
24. Mantener actualizada la normatividad aplicable a la administración del personal y divulgarla en el Municipio.
25. Verificar que quien tome posesión de un cargo o celebre un contrato, presente toda la documentación requerida y cumpla con los requisitos establecidos en la Ley.
26. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación permanente del sistema de control interno.
27. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la administración, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
28. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
29. Reconocer las prestaciones económicas a que tienen derecho los funcionarios al servicio del municipio
30. Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales, salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos.
31. Coordinar las actividades carcelarias del municipio.
32. Verificar que quien tome posesión de un cargo o celebre un contrato por mas de tres (3) meses presente el formulario único de declaración de bienes y rentas, formato único de hoja de vida, así como los demás requisitos establecidos en la ley.
33. En relación con rifas, juegos y espectáculos, velar por el cumplimiento de las normas existentes sobre la reglamentación para dichas actividades en el Municipio y coordinar con las autoridades policivas, visitas a los establecimientos.
34. En relación con el control de las actividades privadas y la defensa del espacio público, expedir permisos e imponer sanciones.